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PRIMER INTERROGATORIO (interrogatorio sin tormento)
El Interrogatorio se efectuba dentro de los ocho dias que seguían al encarcelamiento. Era realizado en la Audiencia, por el Inquisidor y delante de dos religiosos y un Notario. Desde las Instrucciones de Torquemada , se insiste en que se interrogue antes de la lectura de la Acusación, con el fin de facilitar una confesión de motu proprio, lo que permitía cerrar el proceso sin haber abierto las Etapas Acusatoria y Probatoria. Si el reo no confesaba de este modo, es decir antes de comunicarle la causa de su detención, se le advertía por tres veces de que lo hiciera, y si no había confesión, entonces se pasaba a la Acusación formal. El interrogatorio de esta fase tenía una estructura definida: 1) Se preguntaba referente a la identidad del procesado y la de sus ancestros. Una ascendencia judia o islámica le ponía en situación complicada. 2) Se preguntaba sobre su estancia en otros paises (especialmente si eran paises protestantes) o si había tenido contacto con herejes. 3) Si el reo era extranjero o procedía de alguna ciudad herética, la situación se complicaba aun más, y aumentaban las sospechas de herejia. 4) Se le cuestionaba sobre su forma de vida e instrucción religiosa. Se examinaba su conocimiento de las principales oraciones católicas tales como El Padrenuestro, el Ave María, El Credo, el rezo del Santo Rosario, etc. Desde luego no conocerlas debidamente aumentaba considerablemente las sospechas en su contra. 5) Seguidamente se le preguntaba si conocía los motivos de su detención. Si la respuesta era negativa se le informaba sobre la existencia de indicios según los cuales habría llevado una conducta contraria a la fe católica. Tras ello le interrogaban de modo más concreto sobre esas actividades en contra de la Iglesia y la religión católica. Llegados a este punto, se le informaba que si confesaba su culpabilidad, se le ofrecía actuar misericordiosamente con él. Pero de no declarar la verdad, se procedería contra él con rigor. Si no se conseguía la confesión, los testigos eran insuficientes, pero los indicios parecían tener solidez, se recurría a que le apremiaran a ello antiguos herejes que hubieran abjurado de sus errores, que eran autorizándos a vistar al reo para que hablaran con el buscando su confesión y arrepentimiento. En otras ocasiones los Inquisidores fingían saber el detalle de sus acciones, etc. Los registros notariales del Tribunal del Santo Oficio ponen de relieve que en la práctica, lo normal era que el procesado NO confesara rápidamente los hechos o actos de que se le acusaba y de los que había testigos en su contra. Generalmente buscaban dar la impresión de ser buenos cristianos y de coincidir con los intereses de la Iglesia. Gradualmente iban haciendo pequeñas confesiones presentando excusas por no haberlas realizado desde el inicio. Delante de ello el Inquisidor, mantenía la presión del interrogatorio con el fin de conseguir la confesión completa del reo, lo que era indispensable para concederle el perdón. En algunas oportunidades los acusados se reconocían como responsables de actos contra la fe católica en cuyo caso, unos días después, los Inquisidores les solicitaban ratificarse en sus declaraciones. Generalmente los detenidos solo se acusaban de hechos de escasa o niguna gravedad por lo cual los Inquisidores les requerían, en advertencias sucesivas, nuevas confesiones. Si el reo se mantenía en su negativa se iniciaba la Etapa ACUSATORIA. Pero si el reo confesaba plenamente en esta Etapa, el proceso se abreviaba notablemente. En ese caso el Fiscal procedía a verificar la confesión y luego presentaba sus conclusiones. A su vez, los Consultores podían revisar lo actuado y finalmente el Inquisidor dictaba la sentencia. Debido a la actitud de arrepentimento mostrada por el encausado, la sentencia solía ser benigna. |